- Real Cédula que ordena a todos los Vasallos libres de Su Majestad en América, contribuir por una vez y en calidad de donativo con la cantidad que se expresa, para gastos de guerra.
- Rentas de Tabacos, o de Alcabalas establecidos en los mismos dominios, a razón de cuatro por ciento, de cuenta de la Real Hacienda.
Real Cédula que solicita donativos para los gastos de la guerra contra los Corsarios Holandeses y Turcos.
UntitledReal Cédula en la cual se señala y consigna como especial Hipoteca, la Renta de Tabaco de Indias o la de Alcabalas, para la paga de réditos anuales a razón del cuatro por ciento, para subvenir los grandes y extraordinarios gastos de guerra.
UntitledReal Provisión dirigida al Obispo del Paraguay, para que los ministros de su jurisdicción contribuyan al subsidio de dos millones de ducados de Plata, exigido como ayuda en los gastos de guerra contra los Moros.
UntitledEl Mariscal Francisco Solano López faculta al Vicepresidente Frncisco Sánchez, para recibir las alhajas por las damas paraguayas como contribucción para gastos de guerra.
UntitledCorrepondencias del Gobernador Velasco con el Juez Diputado de Comercio Francisco Vicente González, sobre empréstito para gastos de guerra solicitado por la Junta de Gobierno española.
Untitled