Real Cédula sobre el casamiento del Príncipe de Asturias con la Infanta de España.
UntitledOficio al Gobernador del Paraguay sobre una Real Cédula sobre la demolición de la Capilla de los Recoletos por no tener licencia de Su Majestad.
UntitledReal Cédula relativa a los Jueces Comisarios del Papel sellado de las Provincias del Perú y Nueva Granada. Los Tribunales de Cuentas y Oficiales Reales de ellos, para que remitan las correspondientes a este ramo.
- Causa seguida entre el Sargento Mayor Gregorio Ortíz de Vergara contra el Gobernador del Paraguay Rafael de la Moneda.
Reales Cédulas:
- Cuadrantes del repartimiento de diezmos y demás emolumentos.
- Renta de Tabaco.
- Bienes de los que mueren Abintestato.
Instrucción de la Sagrada Congregación del Concilio para los Arzobispados, Obispados, Primados y Patriarcas, sobre el modo de disponer las relaciones del estado de sus Iglesias, que están obligados a exibir con motivo de la visita de los Sagrados Umbrales.
UntitledReal Cédula sobre Las Advertencias que se expresan, sobre el práctico método de fundar, preparar e introducir los mismos recursos. Tres copias.
UntitledAcuerdo del Consejo de Hacienda sobre Indios bárbaros y portugueses.
UntitledReales Cédulas:
- Real Cédula que comunica que la dirección de la Real Renta de Tabacos correrá a cargo privativamente de José de Chávez, como secretario del Estado y del Despacho Universal de Indias.
- Real Cédula sobre las rentas de las Capellanías Colativas y Laicales en las vacantes.
- Real Cédula para que en los Reinos de América se haga notoria la nueva planta que Vuestra Majestad se ha servido dar a este Consejo y a las Reales Audiencias de aquellos distritos.
- Real Cédula sobre Jueces de Comisión.
- Real Cédula relativa a la expedición de edictos convocatorios para las oposiciones de prebendas de Oficio, para que en todas las Iglesias Metropolitanas y Catedrales de las Indias y sus Islas Adyacentes se observen las expediciones de los Edictos.
- Nota de Remisisón de Real Despacho.
- Real Despacho sobre los desórdenes en el régimen y administración del Seminario Conciliar.
Prospecto del periódico "Correo de Comercio", publicado en Buenos Aires.
UntitledManifiesto del Presidente Carlos Antonio López relativo a los derechos territoriales de la República del Paraguay sobre la banda izquierda del Río Paraná.
UntitledCopia de un resumen del Tratado de Unión celebrado entre las Repúblicas de Chile, Ecuador y Perú.
UntitledReal Cédula para que se envíe noticias de las Vacantes de prebendados de las Iglesias del Virreinato del Perú y Méritos de los Esclesiásticos.
Untitled- Real Cédula que crea una Junta encargada de supervisar la labor de las Casas de Monedas y establece que el Consejo de Indias deberá tener conocimiento privativo de sus actividades.
- Real Cédula sobre derechos de los Arzobispados ( beneficios Eclesiásticos, Oficios, Frutos, rentas).
Real Cédula sobre la prórroga de la Mesada Eclesiástica por otros cinco años y la forma de cobrarla en los dominios de Perú y Nueva Granada.
UntitledReal Despacho que ordena a los Oficiales de Real Hacienda remitir al Consejo de Indias razón individual de las cantidades que entraren o existieren en las cajas de su cargo, pertenecientes a Medias Anatas y Lanzas y relación jurada de todas las noticias relativas a dichos derechos.
Untitled- Arancel de los Derechos del Consejo de Indias, por cada uno de los despachos que se expiden.
- Real Cédula sobre prohibición del pase y residencia de los extranjeros.
- Compañía de Jesús de las Indias para que pague por razón de diezmos a las Santas Iglesias.
- Breve Papal sobre producto de Cruzada y Subsidios.
Reales Cédulas:
- Para que en los Reinos de Nueva España, Perú y Santa Fé se establezca la Renta y estanco del tabaco.
- Para que se cumpla la Real Ley sobre casos en que los Herederos, deben aplicar la quinta parte de los bienes de quienes mueren, a beneficio del alma del difunto.
Real Cédula: para que los Virreyes y Gobernadores del Perú y Santa Fé hagan entender a los individuos de milicias de aquellos dominios los términos en que deberán instruir sus pretensiones a Corregimientos o Alcaldías mayores de Indias. (2 copias)
Untitled- Breve del Papa Pío VI que prorroga por siete años las facultades del Vicario General de los Reales Ejércitos.
- Oficio sobre ayuno de militares.
- Real Cédula para que no se secuestren los bienes de los extranjeros que mueren en Indias estando casados allí con españoles o indias, y dejando hijos avidos en ellas.
Real Cédula que prorroga por otros cuatro años el permiso de recaudación de limosnas voluntarias para la causa de beatificación de Juan de Palafox y Mendoza, Obispo de la Puebla de los Ángeles. (2 Ejemplares)
UntitledCorrespondencias del Coronel José Artigas con la Junta Gubernativa del Paraguay, sobre la Junta de Buenos Aires y la libertad de los pueblos.
UntitledCédula Real sobre la Mesada Eclesiástica, en las provistas de los dominios del Perú.
UntitledReal Cédula para que los Virreyes, Presidentes de Audiencias o Gobernadores del Perú y Nueva España, elijan un suplente para que asista en su nombre a las oposiciones del distrito en que vacasen canongías de Oficio.
UntitledReal Cédula relativa a la prohibición de juego de naipes y azar en Indias.
UntitledBorrador de la Obra Inédita de A. Leverger, Barón de Melgaco, Titulada "Cronología, Orografía, Hidrografía, Geografía, Historia y Diccionario de Matto Grosso".
- Expedición de Aleixo Garcia (Rutas - Mapas)
- Hostilidad de indios.
- Cartas.
Tres Cédulas relativas a la expulsión de la Compañía de Jesús.
Untitled- Confirmación del Título de Teniente General concedido a José Delgado Ezenarro.
- Contiene una Real Cédula de 1661.
Reales Cédulas:
- Para que en los cuatro Reinos del Perú, Nueva España, Nuevo Reino de Granada y Guatemala se alce y quite la general prohibición que había entre ellos del comercio recíproco por el Mar del Sur. (2 copias)
- Para que en todos los Tribunales de la Indias se conserven las Leyes y auto acordado que se citan, en punto de que sea suficiente la acusación de una rebeldía, quitando el abuso de que sea de tres. (2 copias)
- Declarando hasta que grado, y qen que forma debe entenderse la prohibición sobre que los Capitulares de los Opositores no voten por estos en el escrutinio de Prebendas. (Duplicado)