- Despacho Real: Relativo a novenos de los Diezmos.
- Cédula Real: Sobre el despacho de Reales Confirmaciones de Oficios vendibles y renunciables. (2 copias)
Real Cédula: para que en los Reinos de las Indias se entienda no están comprendidos en la prohibición de los tejidos de algodón o con mezcla de él de dominios extranjeros, los lienzos puramente de lino de fábrica extraña, que viniendo en blanco y siendo introducidos legitimamente se pinten o estampen después en las fábricas de España. (2 copias, impresas)
Domingo Díaz de ArceReal Cédula: para que los Virreyes y Gobernadores del Perú y Santa Fé hagan entender a los individuos de milicias de aquellos dominios los términos en que deberán instruir sus pretensiones a Corregimientos o Alcaldías mayores de Indias. (2 copias)
Domingo Díaz de ArceReal Cédula relativa a las disposiciones testamentarias dolosas e involuntarias. Para que sea notorio en las Indias el nacimiento del Infante Don Carlos Clemente, hijo primogénito de los Serenísimos Príncipes de Asturias.
José Ignacio de GoyenecheReal Cédula para que no se cobre el 18% de conducción del valor que se entere en Cajas Reales de los remates, y renunciaciones de los Oficios vendibles y renunciables.
Domingo Díaz de ArceReales Cédulas: Para que en los Reinos de las Indias e Islas Filipinas se observe lo mandado en la Cédula inserta, sobre el pago de los Reales Derechos de Lanzas y Medias Anatas de los Titulos de Castilla, y carta de sucesión que deben solicitar los sujetos en quienes recayeren.
Silvestre Collar