Oficio del Gobernador del Paraguay al Rey, sobre el cumplimiento de una Real Cédula relativa a la fundación de un Colegio Franciscano en la Provincia.
Gobernador Agustín Fernando de PinedoProceso seguido contra Manuel Cordero:
- Declaraciones
- Resoluciones
Real Provisión que declara que los Regidores del Paraguay, no están obligados a salir a campañas, ni costear encomiendas o escuderos que están agregados. Un pedimento el Señor Agustín Fernando de Pinedo Gobernador del la Provincia del Paraguay.
Gobernador Agustín Fernando de PinedoReal Cédula al Obispo del Paraguay, sobre la propuesta de fundación de un Colegio de Misiones Franciscanos en aquella Provincia. (2 Copias)
Miguel de San Martín CuetoReal Cédula en Testimonio de la Fundación de tres Capellanías.
Miguel de San Martín CuetoReal Cédula: para que en los Reinos de las Indias se entienda no están comprendidos en la prohibición de los tejidos de algodón o con mezcla de él de dominios extranjeros, los lienzos puramente de lino de fábrica extraña, que viniendo en blanco y siendo introducidos legitimamente se pinten o estampen después en las fábricas de España. (2 copias, impresas)
Domingo Díaz de Arce- Real Cédula:
- Para que en los Reinos de las Indias se observe lo resuelto que en las Cajas, Aduanas y Oficinas de Real Hacienda no sirvan a un mismo tiempo parientes. (2 copias)
- Real Cédula para que los Virreyes, Presidentes y Gobernadores de los Reinos de las Indias, Islas Filipinas y demás adyacentes de acuerdo con los respectivos Prelados Diocesanos, remitan con su informe sin dilación, razón del número de Religiosos que consideren será preciso enviar de estos a aquellos Dominios en cada año o en un quinquenio para los fines que se expresan.
Real Cédula realtiva a Oficios vendibles y renunciables.
Juan José ToledoReal Provisión que ordena al Gobernador del Paraguay ejecutar un Auto de la Real Audiencia sobre los casados que viven lejos y separados de sus mujeres, para conforme a las Leyes y providencias expedidas vayan a hacer vida marital.
Juan José ToledoReal Provisión relativa al pago de Alcabala y nuevo método para su cobranza.
Manuel Bachicao- Real Provisión sobre suspensión del Alférez Real Bernardo de Otazú.
- Real Provisión sobre que los Cabildantes, no sean citados para expediciones del Chaco.
Reales Cédulas:
- Para que los Virreyes, Gobernadores y demás Jueces de los Reinos de Indias, se arreglen a las Leyes en la formación de procesos criminales, y no se repita el atentado de prender y sentenciar a ningún vasallo de Vuestra Majestad sin formar Autos, ni oirle.
- Para que se recoja de los Provinciales y Guardianes de la Religión de San Francisco la patente expedida por el por el Comisario General de Indias, para que ningún religioso pueda informar o recurrir a Vuestra Majestad. (2 copias)
- Para que en los Reinos de las Indias se den a Dios las debidas gracias por el nacimiento de la Infanta Doña Carlota.
Reales Cédulas:
- Para que cuando los Oficios vendibles de Indias pasaren por renuncia a otro poseedor sin haber obtenido la Real confimación, corra el término para sacar esta, desde el día señalado al que hace renuncia.
- Carta sobre los portugueses.
- Por la cual el Rey se reserva el nombramiento de los contadores de diezmos de las Iglesias Metropolitanas y Catedrales de los Reinos de las Indias. (2 copias)
- Para que en todas las Iglesias de los Reinos de las Indias se celebren exequias y apliquen los sufragios acostumbrados por el alma del Papa Clemente XIV.
- Real Provisión testimoniada sobre el establecimiento de una Real Audiencia Pretorial en Buenos Aires, con Jurisdicción sobre la Provincia de ese nombre, el Paraguay y Tucumán.
- Real Cédula sobre presentación de una canongía.
- Real Despacho sobre pedido de informes sobre conducta de los Cleros. (2 Copias)
- Real Despacho sobre frutos y curatos.
- Real Cédula en que los Eclesiásticos deben pagar derechos sobre sus frutos de hacienda. (2 Copias)
- Real Despacho sobre Indultos.
- Juicio de Residencia a Don Agustín Fernando de Pinedo.
- Real Cédula sobre la rentasde curatos y vacantes y que los diezmos que persiven las sacristías mayores entren en las Reales Cajas. (2 Copias)
- Real Cédula, sobre práctica de la Ley de concordia en el Virreinato de Buenos Aires. (4 Copias)