Real Cédula relativa al reparto de comisos, en los Reinos de las Indias, Islas Filipinas y de Barlovento.
Untitled-Real Cédula sobre que los contratos y daciones in solutum y las ventas cladestinas, en que no se formalice instrumento público, están sujetas a la paga del Real Derecho de Alcabala.
- Real Despacho sobre la substanciación de los Comisos de corta entidad.
- Real Despacho sobre Tenientes Letrados. (mal estado)
Real Cédula que comunica la muerte del Rey Luis I de España.
Untitled- Real Cédula relativo a la distribución de Comisos, para que los Virreyes, Presidentes e Intendentes de ambas Américas informen si convendrá remunerar alos respectivos Sub-Delegados con la mitad de la sexta parte de los Comisos que aprendieren y sutanciacen. (2 copias)
Informe con Justificación del número, calidad y valor de los Arbítrios que están concedidos a la Ciudad de Santa Fé de la Vera Cruz.
UntitledReal Cédula para que no se cobre el 18% de conducción del valor que se entere en Cajas Reales de los remates, y renunciaciones de los Oficios vendibles y renunciables.
UntitledReal Cédula: para que los Virreyes y Gobernadores del Perú y Santa Fé hagan entender a los individuos de milicias de aquellos dominios los términos en que deberán instruir sus pretensiones a Corregimientos o Alcaldías mayores de Indias. (2 copias)
UntitledReales Cédulas:
- Para que se tenga el debido cumplimiento del indulto general concedido por el nacimiento del Infante Carlos Domingo Eusebio.
- Si deben ser comprendidas las vacantes de Curatos y Sacristías Mayores que perciben diezmos, en lo dispuesto enla Real Cédula que se cita. (3 Copias)
Real Cédula al Cabilo de Asunción, participándole de la muerte del Rey Luis I de España.
UntitledReal Cédula relativa a la prohibición de juego de naipes y azar en Indias.
UntitledAl Gobernador del Paraguay, sobre varios puntos relativos a visita de aquella Provincia y provisión de Encomienda.
UntitledCédula Real dirigida al Obispo del Paraguay para que haga un informe sobre vacantes a concesión de grados hecha por la Religión de Predicadores del Paraguay.
Untitled- Real Despacho para que se publique en estos dominios el matrimonio de la Infanta Doña Carlota Joaquina, con el Infante Don Juan, hijo de los reyes de Portugal, como del Infante Don Gabriel con la Infanta Mariana Victoria. (2 Copias)
- Real Cédula para que no puedan ser removidos los Curas y Doctrineros sin informarles causa y oírlos conforme a derecho.
Real Cédula que ordena dividir los comisos entre el Juez que aprehende y principia la causa, y el que sentencia. San Ildefonso, 23-08-1788.
UntitledReal Cédula sobre la prórroga de la Mesada Eclesiástica concedida por 5 años y forma de cobrarla en los dominios del Perú.
UntitledReal Cédula relativa a la prórroga de la Mesada Eclesiástica por otros cinco años y la forma de cobrarla en los dominios del Perú y Nueva España.
UntitledAl Gobernador del Paraguay para fundar un Fuerte camino a Curuguaty, para evitar las invasiones de los portugueses a dicho pueblo.
UntitledReales Cédulas: Para que en los Reinos de las Indias e Islas Filipinas se observe lo mandado en la Cédula inserta, sobre el pago de los Reales Derechos de Lanzas y Medias Anatas de los Titulos de Castilla, y carta de sucesión que deben solicitar los sujetos en quienes recayeren.
Untitled- Despacho Real: Relativo a novenos de los Diezmos.
- Cédula Real: Sobre el despacho de Reales Confirmaciones de Oficios vendibles y renunciables. (2 copias)
Real Cédula: para que en los Reinos de las Indias se entienda no están comprendidos en la prohibición de los tejidos de algodón o con mezcla de él de dominios extranjeros, los lienzos puramente de lino de fábrica extraña, que viniendo en blanco y siendo introducidos legitimamente se pinten o estampen después en las fábricas de España. (2 copias, impresas)
Untitled- Real Cédula para que los Virreyes, Presidentes y Gobernadores de los Reinos de las Indias, Islas Filipinas y demás adyacentes de acuerdo con los respectivos Prelados Diocesanos, remitan con su informe sin dilación, razón del número de Religiosos que consideren será preciso enviar de estos a aquellos Dominios en cada año o en un quinquenio para los fines que se expresan.
- Real Cédula sobre identificación de producciones naturales o curiosidades.
- Real Despacho sobre Eclesiásticos.
- Real Cédula sobre Caudales.
- Real Despacho sobre Administración de Justicia.
Real Cédula para los Arzobispos, Obispos y Cabildos de las Iglesias de Indias se arreglen a lo dispuesto sobre el modo de votar en los concursos a las Canongías de Oficio.(2 Copias).
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