Real Cédula dirigida a las Reales Audiencias de Indias y a los Jueces de bienes de difuntos, sobre la notificación de los casos de personas que fallecen en América dejando Herederos en España.
UntitledReal Cédula al Gobernador del Paraguay, a quien ordena cumplir la Real Cédula del 04-12-1786, sobre el estado de las Cofradías de Asunción.
UntitledReal Despacho sobre nacimiento y bautismo de la Infanta María Teresa y solicitud de Titulo de Castilla.
UntitledReal Cédula relativa a la Bula de la Santa Cruzada sobre vivos y difuntos.
Untitled- Real Cédula sobre Cuentas de fábrica remitido a la Contaduría Mayor por la Santa Iglesia Metropolitana de Guatemala.
- Indice de Reales Cédulas remitidas al Obispo de Paraguay.
Real Cédula sobre Prebendados de las Iglesias de Indias, al ser promovidos de una dignidad a otra, retengan la venta de la Primera hasta la posesión de la Segunda. (2 Copias)
UntitledDispensa de ayuno a favor del Obispo del Paraguay.
- Referente a ayuno en Tiempos Litúrgicos.
Real Cédula para que en Indias se cumpla el Breve Papal sobre la Fiesta del Patriarca San José. (3 copias)
UntitledTítulo de Factor otorgado a Pedro Dorantes.
UntitledTítulo de Tesorero otorgado a Juan de Salazar.
UntitledReal Cédula dando merced de 15 a 20 quintales de hierro y acero al Capitán Juan Ortíz de Zárate, para que los utilice en la ciudad de Asunción.
UntitledReal Cédula que faculta al Capitán Juan Ortíz de Zárate, a castigar y reducir a los naturales y españoles, si estos se revelan contra los servicios del Rey, gastando lo necesario de la Real Hacienda.
UntitledReal Cédula para que se reciba y publique solamente la sexta predicación de la Bula de la Santa Cruzada.
UntitledReal Cédula que ordena al Cabildo de Asunción, informar si es necesario fundar conventos de religiosas y de qué orden.
UntitledReal Cédula para recibir y predicar la Bula de la Santa Cruzada, de la cuarta predicación de la cuarta concesión.
UntitledReal Cédula para que no sean removidos de su puesto, los religiosos que conocen la lengua de los indios de las reducciones.
UntitledReal Cédula que prohibe introducir en territorio Español, frutos procedentes del Brasil y otros Reinos, salvo ropas y otros artículos de mucha necesidad.
UntitledReal Cédula sobre la forma de librar a los plantíos de los daños que pueden crear, los muchos ganados de la Provincia del Paraguay.
UntitledReal Cédula dirigida al Obispo para que nombre visitadores de ciencias y conciencias de buena vida.
"Que extirpen vicios y planten virtudes".
Real Cédula que prohibe a los Virreyes, Presidentes, Oidores y demás Ministros, nombrar a sus parientes, criados o familiares, en los oficios de Ministros ejecutores, Oficiales o Jueces.
UntitledProvisión Real a pedimento del Licenciado Diego Portales, para que se providencie la ejecución de Cédulas Reales, referidas a oficios vendibles y renunciables.
UntitledReal Cédula para recibir la Bula de la Santa Cruzada, la segunda predicación de la séptima concesión.
UntitledTítulo de Gobernador y Capitán General de la Provincia del Paraguay, otorgado al Doctor Juan Blásquez de Valverde.
UntitledReal Cédula para que en las causas de extravíos, comisos de esclavos y mercaderías, intervengan el Gobernador, el Corregidor y los Oficiales Reales juntos.
UntitledBando sobre la Paz Firmada por España y Francia.
UntitledReal Cédula que ordena investigar las Cuentas de Real Hacienda en la Provincias del Perú y la acuñación de Reales con Plata de Potosí.
UntitledReal Cédula relativa a la prórroga de la Mesada Eclesiástica por otros cinco años y la forma de cobrarla en los dominios del Perú y Nueva España.
UntitledReal Cédula para que las Prelados Eclesiásticas contribuyan a la observancia de las Ordenanzas que se les remitan, para que los soldados no se refugien a sagrado, con el único fin de exponer sus quejas y pretenciones.
UntitledÍndice de Reales Despachos remitidos al Gobernador del Paraguay.
UntitledProvisión Real dirigida al Obispo y Gobernador del Paraguay, para que se cumpla una Real Cédula, que ordena que los Notarios Apostólicos sean examinados y aprobados por los Obispos, conforme a lo establecido en el capítulo décimo del Concilio de Trento.
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