Breve del Papa Pío VI acerca de los privilegios otorgados al Rey de España en las Indias, en que se revocan las exenciones de pagar diezmos.
Silvestre Collar- Breve del Papa Pío VII por el cual se fijan los límites de la Jurisdicción Eclesiástica castrense y se prorrogan por siete años las gracias e indultos contenidos en los breves anteriores del Vicariato General de los Reales Ejércitos.
- Real Cédula para que los Arzobispos, Obispos y Cabildos de las Iglesias de Indias y sus Islas adyacentes, se arreglen a lo dispuesto en la Real Cédula que se inserta, y a lo demás que se les encarga sobre el modo se sufragar su voto en los concursosa las Canongías de Oficio.
- Real Cédula para que los Vice-Patronatos y Prelados de las Iglesias Metropolitanas y Catedrales de los Reinos del Perú, remitan con la posible brevedad relaciones de los valores de las rentas del Estado Eclesiástico Secular y Regular de ellas. (2 copias)
Real Cédula dirigida al Deán y Cabildo de la Catedral del Paraguay; declara los casos en que se puede delegar Jurisdicción al Vicario Capitular en sede vacante. (2 copias)
Silvestre CollarReal Cédula para los Arzobispos, Obispos y Cabildos de las Iglesias de Indias se arreglen a lo dispuesto sobre el modo de votar en los concursos a las Canongías de Oficio.(2 Copias).
Silvestre Collar- Real Cédula concediendo libertad para el comercio de negros con los Virreinatos de Santa Fé, Buenos Aires, Capitanía General de Caracas e Islas de Santo Domingo, Cuba y Puerto Rico, a españoles y extranjeros.
- Real Despacho sobre los contratos y daciones y ventas clandestinas en que no se formalice instrumento Público estan sujetas a la paga del Real Derecho de Alcabala.
Real Cédula que ordena delvolver a España, a los misioneros que se nieguen a cumplir funciones en el lugar al que fueron destinados. Nota de remisión de Reales Cédulas y Reales Despachos sobre sínodos e indulto Real a los presos en celebridad de los matrimonios de las Infantas Doña María Amalia y Doña María Luisa.
Silvestre CollarReal Cedula que ordena que en los Oficios de menos cuantía no perjudique a los interesados la falta de confirmación, según y con la calidad que se expresa.
Silvestre CollarReal Cédula que ordena que ninguna persona pueda solicitar a Roma Dispensas y gracias que no sean de Penitencia, sin permiso del Consejo Real.
Silvestre Collar- Real Cédula relativa a la expedición de edictos convocatorios para las oposiciones de prebendas de Oficio, para que en todas las Iglesias Metropolitanas y Catedrales de las Indias y sus Islas Adyacentes se observen las expediciones de los Edictos.
- Nota de Remisisón de Real Despacho.
- Real Despacho sobre los desórdenes en el régimen y administración del Seminario Conciliar.
Real Cédula para que se forme el Reglamento provisional e informen del número de sumarios de todas las Bulas de la Santa Cruzada.
Silvestre CollarReal Cédula y Real Instrucción (inserta) sobre venta de Bienes de Obras pías en Indias y Filipinas. (5 Copias).
Silvestre CollarReales Cédulas:
- Real Cédula acerca de contribución de subsidio y pensiones sobre la mitra y prebendas determinadas.
- Real Cédula sobre Administración de Justicia en los crímenes de Cancillería. (2 Copias)
- Real Cédula sobre arancel de los servicios pecuniarios.
Reales Cédulas:
- Copia de una Real Orden a la Inquisición y los Obispos, para que no se permita que se susciten opiniones que ofenden la potestad de los Reyes.
- Real Cédula sobre las causas que pueden conocer los Proto-medicatos.
- Sobre la exacciónde la Media Anata de los Oficios Vendibles y Renunciables. (3 Copias).
Reales Cédulas:
- Por la que si impone un cargo del 15 % sobre los Bienes que recaen en manos muertas, para amortización de Vales Reales.
- Sobre imposición de penas a los reos de Resistencia a la Justicia y el número de Ministros para la imposición de penas capitales.
- Sobre Declaración de Guerra a Inglaterra y prohibición de todo trata y comercio con sus súbditos.
- Por la que se declara que los Religiosos profesos de ambos sexos son incapaces de testar y de toda sucesión ad intestato.
- Sobre Utilidades y emolumentos que producen los negocios entre partes.