- Real Provisión testimoniada sobre el establecimiento de una Real Audiencia Pretorial en Buenos Aires, con Jurisdicción sobre la Provincia de ese nombre, el Paraguay y Tucumán.
- Real Cédula sobre presentación de una canongía.
- Real Despacho sobre pedido de informes sobre conducta de los Cleros. (2 Copias)
- Real Despacho sobre frutos y curatos.
- Real Cédula en que los Eclesiásticos deben pagar derechos sobre sus frutos de hacienda. (2 Copias)
- Real Despacho sobre Indultos.
- Juicio de Residencia a Don Agustín Fernando de Pinedo.
- Real Cédula sobre la rentasde curatos y vacantes y que los diezmos que persiven las sacristías mayores entren en las Reales Cajas. (2 Copias)
- Real Cédula, sobre práctica de la Ley de concordia en el Virreinato de Buenos Aires. (4 Copias)
Reales Cédulas.
- Real Provisión sobre nombramiento del Teniente General Pedro Zeballos Virrey, Gobernador y Capitán General de las Provincias del Plata.
- Real Cédula sobre el aumento de renta que solicitan los Prebendados de la Iglesia de la Catedral.
- Real Cédula sobre la Jubilación de los Ministros de Real Hacienda de Indias que deben gozar de igual conformidad que los Togados.
- Real Cédula sobre nombramiento del Alférez de Artillería para Don Antonio Payes.
- Real Cédula sobre el puntual cumplimiento de lo mandado acerca de los asilos a delincuentes.
-Real Cédula sobre estipendios y sínodos. - Real Cédula sobre el cobro de Media Annata de los beneficios y Piezas Eclesiásticas que se expresan, continuando la paga de las Mesadas en las demás.
Reales Cédulas:
- Para que en los cuatro Reinos del Perú, Nueva España, Nuevo Reino de Granada y Guatemala se alce y quite la general prohibición que había entre ellos del comercio recíproco por el Mar del Sur. (2 copias)
- Para que en todos los Tribunales de la Indias se conserven las Leyes y auto acordado que se citan, en punto de que sea suficiente la acusación de una rebeldía, quitando el abuso de que sea de tres. (2 copias)
- Declarando hasta que grado, y qen que forma debe entenderse la prohibición sobre que los Capitulares de los Opositores no voten por estos en el escrutinio de Prebendas. (Duplicado)
Reales Cédulas:
- Para que cuando los Oficios vendibles de Indias pasaren por renuncia a otro poseedor sin haber obtenido la Real confimación, corra el término para sacar esta, desde el día señalado al que hace renuncia.
- Carta sobre los portugueses.
- Por la cual el Rey se reserva el nombramiento de los contadores de diezmos de las Iglesias Metropolitanas y Catedrales de los Reinos de las Indias. (2 copias)
- Para que en todas las Iglesias de los Reinos de las Indias se celebren exequias y apliquen los sufragios acostumbrados por el alma del Papa Clemente XIV.
Real Cédula realtiva a Oficios vendibles y renunciables.
Untitled- Real Cédula para que los Virreyes, Presidentes y Gobernadores de los Reinos de las Indias, Islas Filipinas y demás adyacentes de acuerdo con los respectivos Prelados Diocesanos, remitan con su informe sin dilación, razón del número de Religiosos que consideren será preciso enviar de estos a aquellos Dominios en cada año o en un quinquenio para los fines que se expresan.
Real Cédula: para que en los Reinos de las Indias se entienda no están comprendidos en la prohibición de los tejidos de algodón o con mezcla de él de dominios extranjeros, los lienzos puramente de lino de fábrica extraña, que viniendo en blanco y siendo introducidos legitimamente se pinten o estampen después en las fábricas de España. (2 copias, impresas)
UntitledOficio del Gobernador del Paraguay al Rey, sobre el cumplimiento de una Real Cédula relativa a la fundación de un Colegio Franciscano en la Provincia.
UntitledInforme del Gobernador Agustín Fernando de Pinedo al Rey, sobre el estado de la Provincia y la conveniencia de incorporar las encomiendas a la Corona.
- Tributos.
- Cajas Reales.
- Indios Infieles.
- Portugueses.
El Gobernador del Paraguay, sobre la necesidad de fundar un Colegio Religioso Franciscano en la Provincia.
UntitledCorrespondencia de Asunción:
- Sobre distribución de diezmos.
- Sobre necesidad de que haya en la Provincia un Teniente General y Auditor de Guerra.
- Sobre Pleito de Tierras.
- Sobre Exceso del Deán Antonio Sánchez.
- Sobre fuga del dicho Deán.
- Sobr pago de tributo de parte de los indígenas de San Joaquín y San Estanislao.
- Sobre Cosecha de Tabacos.
- Sobre agradecimiento por el nacimiento del Infante Carlos Domingo Eusebio.
- Sobre aprehendimiento de indígenas prófugos.
- Breve del Papa Pío VI que prorroga por siete años las facultades del Vicario General de los Reales Ejércitos.
- Oficio sobre ayuno de militares.
- Real Cédula para que no se secuestren los bienes de los extranjeros que mueren en Indias estando casados allí con españoles o indias, y dejando hijos avidos en ellas.
Breve del Papa Clemente XIV sobre la reducción del derecho de asilo a los delincuentes en todos los dominios de España y de las Indias, expedido a instancias de su majestad. (2 copias del Breve - 3 copias de la Real Cédula)
UntitledAcuerdo del Consejo de Hacienda sobre Indios bárbaros y portugueses.
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