Real Cédula para los Arzobispos, Obispos y Cabildos de las Iglesias de Indias se arreglen a lo dispuesto sobre el modo de votar en los concursos a las Canongías de Oficio.(2 Copias).
UntitledReal Cédula para que no se haga novedad sobre el conocimiento y determinación de las causas de expolios de los Arzobispos y Obispos en los Reinos de Indias e Islas Filipinas.
UntitledReal Cédula que declara a los militares comprendidos en la Real Pragmática de matrimonios del 23-03-1776, al igual que los demás vasallos de Su Majestad.
UntitledReal Cédula relativa a los gastos de manutención, avío y transporte de reos hasta el lugar de destino.
Untitled- Real Cédula relativa al Fondo de Consolidación de Vales Reales, para que en los Reinos de las Indias e Islas Filipinas se exija el aumento de una quinta parte en los Sumarios de Bulas, y una media anualidad de los frutos y rentas de las Encomiendas.
- Nota de Remisión de Real Despacho.
- Real Despacho sobre nulidad de las herencias y mandados.
Real Cédula para que en los Reinos de Indias se cumpla el Breve Pontificio, por el cual se permite comer carne los sábados que no sean de Cuaresma, o precepto eclesiástico de Ayuno, y Real Pragmática sobre matrimonios.
UntitledReal Cédula para que los Virreyes, Presidentes y Gobernadores de Indias e Islas Filipinas, informen de lo que se practica acerca del contenido de los capítulos que se refieren a la Instrucción formada para el Gobierno del Cabildo Secular de Quito.
Untitled-Real Cédula sobre que los contratos y daciones in solutum y las ventas cladestinas, en que no se formalice instrumento público, están sujetas a la paga del Real Derecho de Alcabala.
- Real Despacho sobre la substanciación de los Comisos de corta entidad.
- Real Despacho sobre Tenientes Letrados. (mal estado)
- Nota de Remisión de Reales Despachos adjuntos sobre Leyes del Nuevo Código, sobre los que se ha de invertir el importe de Vacantes Mayores y Menores. Y otro sobre la Breve substanciación de los Comisos de corta entidad.
- Reglamento sobre las diferentes denominaciones de la Milicias de Indias.
Reales Cédulas: Para que en los Reinos de las Indias e Islas Filipinas se observe lo mandado en la Cédula inserta, sobre el pago de los Reales Derechos de Lanzas y Medias Anatas de los Titulos de Castilla, y carta de sucesión que deben solicitar los sujetos en quienes recayeren.
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